ARTÍCULO VII - Disolución

Sección 7.1 Tras la disolución de la ALIPE, ningún miembro tendrá derecho a ninguna distribución o división de los bienes y el dinero restante de ALIPE, o el producto de la misma, 

Sección 7.2 La directiva ejecutiva, después de pagar o hacer provisiones para el pago de todas las deudas y obligaciones de ALIPE, distribuirá todo el dinero y los bienes restantes al Fondo de Crisis del Pacto de los Ministros.